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¿Qué hacer si me detienen? Garantías, procedimiento y estrategias de defensa

  • Foto del escritor: Departamento de Defensa Penal – Ícaro Abogados
    Departamento de Defensa Penal – Ícaro Abogados
  • 2 mar
  • 4 Min. de lectura

Actualizado: 10 abr


Introducción

La detención de una persona constituye uno de los actos más invasivos que el Estado puede ejercer sobre un individuo. Ante esta circunstancia, resulta imperativo conocer los derechos fundamentales que asisten a toda persona privada de su libertad y las herramientas jurídicas disponibles para enfrentar el proceso penal de manera estratégica.

El marco normativo aplicable varía según la jurisdicción. En el ámbito federal y en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, rige el Código Procesal Penal de la Nación (CPPN), mientras que en la Provincia de Buenos Aires se aplica el Código Procesal Penal bonaerense (CPPBA). Si bien existen puntos en común, las diferencias procedimentales pueden incidir de manera significativa en la estrategia de defensa, saber qué hacer si me detienen puede marcar la diferencia entre una defensa eficaz y la vulneración de derechos.


persona con esposas en sus manos porque fue detenida en buenos aires

1. Supuestos que habilitan la detención

La privación de la libertad de una persona solo puede producirse en los siguientes supuestos:

  • Flagrancia: 

    Cuando el individuo es sorprendido en la comisión de un delito o inmediatamente después de haberlo perpetrado.

  • Orden judicial: 

    La detención es dispuesta por un juez (en el fuero federal) o por un fiscal en determinadas circunstancias (en la Provincia de Buenos Aires).

  • Averiguación de identidad: 

    Solo procede en casos puntuales y bajo estrictas condiciones, sin que ello implique una detención arbitraria.

Fuera de estos supuestos, cualquier privación de la libertad resulta ilegal y debe ser impugnada de inmediato.


2. Derechos fundamentales de toda persona detenida

El Estado, a través de sus fuerzas de seguridad, no puede desconocer los derechos y garantías de las personas sometidas a un proceso penal. A tal efecto, la normativa vigente reconoce las siguientes prerrogativas esenciales:

  • Derecho a conocer los motivos de la detención. 

    Toda persona privada de su libertad debe ser informada, de manera clara y precisa, sobre la causa de su detención y la autoridad que la ordenó.

  • Derecho a la asistencia letrada. 

    La defensa técnica es un derecho irrenunciable. El detenido puede designar un abogado particular o, en su defecto, ser asistido por un defensor oficial.

  • Derecho a no declarar en su contra. 

    Ninguna persona está obligada a autoincriminarse ni a brindar declaraciones sin el debido asesoramiento legal.

  • Derecho a la comunicación. 

    El detenido tiene derecho a que se informe de su situación a un familiar o persona de confianza.

  • Derecho a ser conducido ante el juez en un plazo razonable. 

    En términos generales, este plazo es de 24 horas, pudiendo extenderse hasta 48 horas en la Provincia de Buenos Aires, dependiendo de la decisión fiscal.

  • Derecho a la integridad física y moral. 

    Cualquier forma de maltrato, violencia o coacción es ilegal y puede ser denunciada.


3. Diferencias procesales entre la justicia provincial y la justicia federal

Si bien el proceso penal sigue principios comunes, la forma en que se lleva a cabo varía según la jurisdicción.

  • ¿Quién puede ordenar la detención?

    • En la Provincia de Buenos Aires, el fiscal puede disponer la detención sin intervención judicial en ciertos casos (art. 79 CPPBA).

    • En la justicia federal, solo un juez puede ordenar la detención, salvo flagrancia (art. 283 CPPN).

  • Plazo para comparecer ante la autoridad judicial

    • En la Provincia de Buenos Aires, la fiscalía puede retener al detenido hasta 48 horas antes de ponerlo a disposición del juez (art. 160 CPPBA).

    • En la justicia federal, el plazo máximo es de 24 horas (art. 294 CPPN).

  • Dirección de la investigación

    • En Provincia de Buenos Aires, la investigación es dirigida por el fiscal, con control judicial en ciertas decisiones clave.

    • En jurisdicción federal, el juez tiene un rol más activo en la instrucción, aunque el fiscal mantiene la dirección de la acción penal.


En Ícaro Abogados entendemos que una detención es una experiencia difícil. Si vos o alguien cercano está atravesando esta situación, podemos ayudarte a tomar decisiones legales seguras desde el primer momento.


4. Estrategias de defensa en caso de detención

Una defensa penal eficaz requiere una acción inmediata y estratégica desde el primer momento de la detención. Los siguientes ejes deben considerarse en cada caso:

  1. Control de legalidad de la detención

    • Verificar si la privación de la libertad responde a los supuestos normativos y no constituye una detención arbitraria.

    • Si hay vicios en la detención (falta de orden judicial cuando era exigida, plazo de demora excesivo, ausencia de comunicación con un abogado), corresponde plantear la nulidad de la detención y el habeas corpus correctivo.

  2. Impugnación de la prisión preventiva

    • Si la fiscalía solicita la detención prolongada, la defensa debe impugnar su legalidad argumentando falta de peligro procesal (riesgo de fuga u obstaculización de la investigación).

    • Se debe evaluar la viabilidad de medidas alternativas como la excarcelación con restricciones, cauciones o detención domiciliaria.

  3. Análisis de la prueba en la etapa inicial

    • La recolección irregular de pruebas puede derivar en su exclusión del proceso. La defensa debe impugnar cualquier evidencia obtenida en violación de las garantías constitucionales.

    • En casos de flagrancia, revisar si la detención se ajustó a los requisitos normativos y si existió alguna violación al debido proceso.

  4. Determinación de la estrategia de defensa según la naturaleza del caso

    • En delitos menores, el objetivo puede ser la suspensión del juicio a prueba o la conciliación.

    • En delitos más graves, se debe construir desde el inicio una estrategia orientada a desacreditar la hipótesis fiscal y debilitar la acusación.


5. ¿Qué hacer si me detienen?

En caso de ser detenido, es fundamental seguir las siguientes recomendaciones:

  • No resistirse. La resistencia puede derivar en nuevos cargos y agravar la situación procesal.

  • Solicitar la presencia de un abogado. Cualquier declaración sin asistencia letrada puede ser utilizada en contra del imputado.

  • Evitar brindar información espontánea. Es frecuente que las fuerzas de seguridad intenten obtener declaraciones informales sin el cumplimiento de las garantías procesales.

  • Prestar atención a las circunstancias de la detención. Cualquier irregularidad en el procedimiento puede ser utilizada como argumento de defensa.

Conclusión

La privación de la libertad en el marco de un proceso penal no implica la pérdida de derechos fundamentales. La asistencia letrada desde el primer momento es clave para garantizar una defensa técnica eficaz y evitar vulneraciones procesales.

En Ícaro Abogados, ofrecemos asesoramiento y representación en causas penales en todas sus etapas, con una estrategia jurídica rigurosa y orientada a la protección de los derechos del imputado. Si usted o un familiar se encuentra detenido, contáctenos de inmediato para evaluar las alternativas jurídicas disponibles.

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